lunes, 21 de diciembre de 2015

TSJPV ratifica la incapacidad absoluta de un trabajador por un cáncer de pulmón provocado por el amianto que falleció

19/12/2015

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)ha ratificado la incapacidad absoluta de un trabajador que sufrió un cáncer de pulmón provocado por el contacto con amianto, sílice y otros tóxicos, y que falleció el pasado mes de enero. De esta forma, ha rechazado el recurso interpuesto por Momentive Specialty Chemicals Iberica, sucesora de Industrias Químicas del Urumea, empresa en la que trabajaba el perjudicado, según ha informado la Asociación vasca de victimas del amianto, ASVIAMIE.

En un comunicado, la Asociación ha destacado que el TSJPV ha desestimado la demanda de Momentive contra la resolución de la Seguridad Social y la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de San Sebastián, que reconocieron la incapacidad absoluta por enfermedad profesional, el adenocarcinoma pulmonar que causó la muerte de JJ.I.P. en enero pasado de este año, tras trabajar en Industrias Químicas del Urumea (IQU) entre 1970 y 1985, en contacto con amianto, sílice y otros tóxicos.
En este sentido, ha subrayado que el alto Tribunal vasco considera el recurso de la empresa "un esfuerzo estéril para el fin pretendido, ya que, bajo la apariencia de denuncia de una infracción jurídica", lo que cuestiona es "la convicción judicial" sobre la causa del adenocarcinoma de pulmón, valorada como Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad profesional y, en concreto, que provenga del contacto con amianto, al que estuvo expuesto en el trabajador en Hernani,
Para el Tribunal Superior, la impugnación carece de "soporte fáctico en que apoyarse", al estar el cáncer de pulmón en la lista de enfermedades profesionales en los trabajos donde se utilizó amianto.
ASVIAMIE ha manifestado que la Seguridad Social reconoció a JJ.I.P en mayo de 2014 la Incapacidad Absoluta por enfermedad profesional, con una mejora sustancial de la pensión. Asimismo, ha subrayado que, tras la sentencia del TSJPV, la empresa deberá responder a la demanda por los daños y perjuicios causados.
Tras mostrar su satisfacción por la resolución, ha considerado que ésta "desbarata las maniobras de la multinacional cuando intenta ocultar el origen laboral del cáncer y eludir las responsabilidades por las infracciones preventivas cometidas". También cree que esta sentencia facilita el camino a demandas similares que están ya en marcha de extrabajadores enfermos por la misma causa.
Asimismo, anima a Momentive a abandonar "la estéril vía de obstaculizar con recursos judiciales, el reconocimiento de las enfermedades profesionales y del cáncer de origen laboral, que afecta a los trabajadores y pensionistas, volcando sus esfuerzos en promover, junto con los Gobiernos, la creación del Fondo de Compensación para las victimas del amianto, como existe en otros países".
Por último, emplaza a todos los trabajadores que tuvieron contacto con amianto en Industrias Químicas del Urumea a solicitar su inclusión en el Plan de Vigilancia Sanitaria post Ocupacional del amianto para posibilitar la detección precoz de las enfermedades y su reconocimiento profesional.

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